miércoles, 17 de febrero de 2010

Para nadie es un secreto que los adelantos científicos y tecnológicos de la medicina moderna han contribuido de forma significativa al mejoramiento de la calidad de vida de la sociedad actual, sin embargo, no deja de sorprender el hecho que trasciendan las fronteras del tiempo y contribuyan a clarificar hechos históricos remotos.

Así, misterios como la muerte de Tutankamón, uno de los faraones egipcios más conocidos de la historia, objeto de múltiples análisis y explicaciones desde el encuentro de sus restos por parte del arqueólogo británico Howard Carter en el Valle de los Faraones, en el año 1922, haya sido develado en los últimos días.

Un estudio divulgado recientemente por la revista Journal of the American Medical Association propone que la muerte prematura de Tutankamón tuvo su origen en el contagio de la malaria, una enfermedad infecciosa de proporciones epidémicas en algunas regiones del trópico en la actualidad.

Otros hallazgos llevados a cabo por el grupo de investigadores revelan que el faraón habría sufrido de un trastorno óseo, conocido como síndrome de Kohler, un tipo de osteocondritis del escafoides tarsal  y necrosis avascular del mismo que da lugar a dolor y cojera, en concomitancia con una serie de trastornos óseos degenerativos y de alteraciones patológicas en el riego sanguíneo.

domingo, 7 de febrero de 2010

La Emergencia Social: La visión de Tola y Maruja


— Oites Tola, muy galleta tu idea de que nos vamos pa Medellín a estudiar el bachillerato en la noturna.

— Pues claro… Matamos dos pájaros de un tiro: hacemos el bachiller y Uribe nos paga cien mil pesos mensuales como informantas.

— Matamos tres pájaros, porque el profesor que nos coja copialina lo sapiamos.

— Es que nos toca rebuscar la platica mi estimada Maruja porque ahora con los nuevos decretos del Plan Obligatorio de Salú, el famoso POS, los pobres quedamos como Pirulo.

— Contame bien Tola cómo es la cosa.

— Ay, mijita… Téngase fino porque ya los enfermos vamos a tener que pagar lo que no incluya el POS, o sea todo lo distinto de Loratadina… Yo por lo menos ya me dispierto por la mañana, le doy gracias a Dios por tenerme aliviada y le rezo: Señor, si por pecadora me vas a mandar cualesquier enfermedá, que por favor esté incluida en el POS.

— Ay, Tola… ¿Qué vamos a hacer? ¿Y qué pasa si uno necesita una cirugía y no tiene con qué pagar?

— Menos mal el decreto permite que si un paciente no tiene plata, puede pagarle a la clínica en especie: plasma, un órgano… o servir de material didático pa los estudiantes de medecina.

— ¿Y entonces qué quedó cubriendo el bendito POS?

— Uñeros, ronchas, orzuelos, verrugas, fuegos, vientos encajaos, hipos, nacidos recién nacidos y enconos que no superen el tamaño de una moneda de cincuenta pesos… Ah, y virus nacionales.

— ¿Y los embarazos?

— Los consideran pre-esistencia… Pero tiene otra cosa buena el tal decreto: un convenio con el supermercado Ésito… Entonces por ejemplo vos llegás a urgencias con una herida y te cogen 15 puntos, esos puntos los pagás con tus puntos Ésito.

— ¿Y el Gobierno cómo sabe si uno tiene capacidá de pago?

— Muy sencillo: en el quirónfano, aparte del cirujano y el anastesista, habrá un delegado de la DIAN y otro de pensiones y cesantías… Pero si tu capacidá de pago es lamentable entonces llaman un cura.

— Ah, bueno, por lo menos los santos óleos sí los cubre el POS.

— Depende… Si pertenecés al Sisbén no te ponen óleos sino vinilos. Y si te morís, la anchura del túnel de la muerte también depende de si sos del régimen contributivo o susidiao.

— ¿Y qué pasa si uno se les muere sin pagar?

— Las EPS van a tener espiritistas en sus departamentos de Cartera, de modo que te invocarán con güija pa renegociar la deuda y si no, te pasan a cobro jurídico y te embargan las cenizas.

— Qué ironía: el Gobierno nos quita la salú y más sin embargo se opone a la eutanasia.

— Lo más preocupante de esta reforma es que los médicos que receten cosas distintas acetaminofén los van a sancionar: los trasladan pa Venezuela.

Sin comentarios!

martes, 2 de febrero de 2010

2010: ¿La profecía muisca? III parte



Presentamos a continuación, otro documento de interés para la discusión de los Decretos de Emergencia Social, el comunicado de la Asociación Colombiana de Sociedades Científicas, en que se expresa con gran concreción y contundencia, el rechazo del gremio médico ante la reforma propuesta a la Salud en Colombia:

" El plenun de la asociación colombiana de sociedades científicas conformado por las organizaciones científico gremiales de especialidades y subespecialidades en sesión extraordinaria reunida en la ciudad de Bogotá reunida el 29 de enero del corriente, tras el logro de consenso se permiten informar a la opinión publica:

La ASCSC manifiesta su rechazo a los decretos emitidos al amparo de la actual Emergencia Social, que atentan contra el pleno ejercicio del derecho fundamental a la salud de todos los colombianos , y que vulneran la autonomía del ejercicio de los profesionales de la salud, y ponen en peligro la seguridad y la calidad de la atención en salud.

Fieles a nuestra misión y compromiso, de mantener y mejorar el estado de salud de nuestros pacientes, persistiremos en la tarea de lograr un sistema de salud integral, equitativo, sostenible y que garanticen servicios suficientes para la totalidad de los colombianos.

Desautorizamos el uso indebido del nombre de la asociación Colombiana de Sociedades Científicas en el aval de la totalidad de los decretos de emergencia.

Finalmente ponemos a disposición de las altas cortes, el Legislativo y el Ejecutivo todas las herramientas y el conocimiento inherentes a nuestra profesión y especialidades para que este objetivo de lograr el sistema de salud que se merece la nación se cumpla por la vía democrática"

2010: ¿La profecía muisca? II parte


Por considerarlo un documento de interés, transcribimos a continuación, la comunicación de la Academia Nacional de Medicina en relación con los Decretos de Emergencia Social:

" La Academia Nacional de Medicina de Colombia expresa su profunda preocupación con motivo  de los decretos-ley que han sido expedidos en el marco de la Emergencia Social decretada por el Gobierno y cree que, en conjunto, tales decretos representan un grave atentado contra la medicina como ciencia y profesión, atentado que nunca se había registrado en esta ni en ninguna otra nación democrática.

La Academia Nacional de Medicina se ha pronunciado en diversas ocasiones y ha manifestado su protesta por lo que representa una ominosa y creciente desprofesionalización de la medicina, que se encuentra atrapada en un sistema de aseguramiento que es de carácter eminentemente comercial. Los actuales decretos de la Emergencia Social ahondan tan grave situación porque cercenan la autonomía médica en la toma de decisiones clínicas.

La medicina es al mismo tiempo ciencia y profesión. Como ciencia, es una actividad intelectual orientada hacia la creación, transmisión y sistematización del conocimiento biomédico; como profesión, su compromiso primordial es servir a la sociedad mediante la aplicación eficiente del conocimiento especializado en el marco de su propósito moral, su imperativo ético y una rigurosa autorregulación.

De ahí se infiere que la medicina es un cometido intensamente moral presente en la sociedad como una comunidad con propósito de servicio, en la cual la ética y el profesionalismo, principios esenciales y eternos, constituyen el fundamento de su actividad. El profesionalismo no es sólo la base del contrato social de la medicina, sino, principalmente, una fuerza estructuralmente estabilizadora y moralmente protectora de la sociedad. El profesionalismo, traducido en la idoneidad del médico, es la única garantía de calidad de la atención.

Las predominantes consideraciones económicas lo vienen erosionando desde hace años, porque el imperativo ha sido reemplazado por un mandato burocrático-administrativo de los entes intermediarios que afecta la esencia misma del acto médico. No deben confundirse las transgresiones a la buena práctica médica que son objeto de análisis por parte de los comités de control de calidad de la atención, ni las infracciones a la deontología o a la ética por parte de una minoría de médicos que deben ser sancionados - como se viene haciendo desde 1981- por los Tribunales de Ética Médica. En efecto el apartarse de las guías, por más idóneamente elaboradas que parezcan, por razones del buen juicio clínico, no puede ser motivo de sanciones pecuniarias.

En los dieciséis años de la Ley 100, la posición dominante de los intermediarios aseguradores lmitando la buena práctica médica mediante tiempos de consulta reducidos a un mínimo, estableciendo restricciones para ordenar exámenes de laboratorio o imaginológicos o para interconsultas y las precarias remuneraciones, afectan directamente la excelencia del acto médico, como lo ha expresado la Academia en sus diversas publicaciones y documentos.

Analistas competentes reconocen que los cuantiosos recursos girados al SGSSS son suficientes para una cobertura equitativa que dé pleno cumplimiento a la Sentencia T-760 de la Corte Constitucional.
La intermediación requiere un estudio objetivo y cuidadoso para comprobar la cuantía del costo administrativo y la forma como se han invertido los dineros de la salud en destinaciones ajenas a las que establece la Ley 100. La integración vertical es un mal de fondo y es poco o nada lo que se ha hecho para controlarla.

La expedición de los decretos-ley que pretenden corregir los errores que la Academia previamente había  advertido que ocasionaron la supuesta crisis financiera de las entidades intermediarias significa la abolición del componente más importante del profesionalismo: la autonomía intelectual en la toma de decisiones respecto a las situaciones de incertidumbre biológica que entraña la práctica médica. Frente a ellas, las guías o estándares no pueden ser camisas de fuerza  que obliguen al médico a pasar por encima del juicio racional para determinar qué es lo mejor para el paciente.

Y las sanciones que establece el decreto 131 representan una afrenta que la  profesión médica no puede aceptar. Es preocupante que, más allá de la atención primaria, la atención de mayor complejidad se califique como prestación excepcional. Ello significa abolir el propósito primordial del  aseguramiento, que es precisamente atender los cuadros clínicos de mayor complejidad.

Desde el punto de vista social, es inconcebible que se decrete que los costos de las prestaciones calificadas como excepcionales en salud, los afiliados deban cubrirlos con préstamos bancarios o, lo que es peor, con sus cesantías.

La Academia Nacional de Medicina, en su condición legal de órgano asesor del Gobierno Nacional,  registra la expedición de tales decretos como un atropello más a una profesión digna y verdaderamente
sacrificada desde la expedición de la Ley 100, la rechaza con vehemencia y exhorta a los organismos competentes a derogar las aberrantes disposiciones."

2010: ¿La profecía muisca?


Como en el título de una película exhibida recientemente en las carteleras de todo el país, el 2010 se proyecta como un año fatídico para la salud en Colombia. La expedición reciente de una serie de decretos que pretenden reformar la salud en nuestro país, se convierte en un grave atentado contra la calidad de la prestación de los servicios de salud, la autonomía e idoneidad de la profesión médica y fundamentalmente contra la calidad de vida de los colombianos.

Entre los puntos polémicos que son tratados en los decretos mencionados, se incluyen:

1. Modificación del código disciplinario e introducción de nuevas faltas disciplinarias para los ervidores públicos que manejan recursos de la salud.

2. Reforma al Código Penal, mediante la introducción de nuevos delitos relacionados con omisiones en la prestación de servicios de salud y acciones fraudulentas en el manejo de medicamentos.

3. Redefinición del POS y planteamiento de mecanismos de reestructuración.

4. Establecimiento de criterios y mecanismos para definir los medicamentos y procedimientos que no hacen parte del POS y crea el Fonde de Prestaciones Excepcionales en Salud.

5. Establecimiento de un régimen de control de los profesionales de la salud.